Inscripción, actualización y renuncia Prestadores en Modalidad Libre Elección (MLE)
Inscripción, actualización y renuncia Prestadores en Modalidad Libre Elección (MLE)
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¿Para quiénes?
Para todos los profesionales de salud o instituciones (entidades o sociedades) cuyo principal objeto de constitución sea otorgar atenciones de salud y que puedan acreditar una adecuada atención a la población beneficiaria de Fonasa según los requisitos establecidos por el Fondo Nacional de Salud. -
Niveles de Prestación
Un prestador al suscribir un convenio con Fonasa debe elegir alguno de los niveles de atención que para estos efectos llevará el Fondo y cuyo rango de precios se diferencia en tres niveles: nivel 1, nivel 2 y nivel 3, siendo el nivel 1 el más barato y el 3 el más caro.Los profesionales y entidades asistenciales inscritas quedan obligados, a aceptar, como máxima retribución por sus servicios, los valores del arancel correspondiente al respectivo nivel en el cual se inscribió, pudiendo solicitar su modificación cada 6 meses.
Procedimiento de inscripción, actualización y renuncia para profesionales y entidades de salud en la MLE
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Plataformas autorizadas: en este enlace
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¿Para quiénes?
Leer más Ocultar InformaciónLos profesionales que pueden suscribir un convenio en la Modalidad de Libre Elección son:• Médico Cirujano(a)• Matrón(a)• Tecnólogo(a) Médico(a) mención en Otorrinolaringología; u Oftalmología y Optometría• Kinesiólogo(a)• Cirujano(a) dentista• Enfermero(a)-Matrón(a)• Fonoaudiólogo(a)• Enfermero(a)• Psicólogo(a)• Nutricionista• Terapeuta Ocupacional• Acupunturista -
Requisitos para profesionales de la salud
Leer más Ocultar Información• Estar habilitado para ejercer la profesión en el país, ya sea a través de un título profesional otorgado por una institución de educación superior oficialmente reconocida en el país; o a través del reconocimiento o revalidación de su título profesional obtenido en el extranjero.• El profesional deberá pertenecer al “Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud” que lleva la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud, medio que permitirá verificar el título profesional y la especialidad en los casos que corresponda.• Deberá contar con la aprobación del EUNACOM, en el caso de los médicos, titulados o reconocidos sus títulos con posterioridad al 18 de abril 2009 (Ley N° 20.261), sin especialidad acreditada en la Superintendencia de Salud.• Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente y/o visa de residencia temporal o permanente vigente.• Contar con iniciación de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII)• Contar con lugar de atención• Contar con cuenta bancariaEl proceso de inscripción, actualización y renuncia se realiza en este enlace
Para acceder al sistema debe contar con ClaveÚnicaa) Seleccionar la opción “Solicitud de Inscripción”
b) Completar los datos solicitados, los cuales están estructurados de la siguiente forma:
• Antecedentes personales y de contacto particular
• Antecedentes académicos
• Prestaciones
• Antecedentes Tributarios y de Cobranza
Nota: deberá adjuntar la documentación solicitada para lugares de atención y algunas prestaciones en las que se requiere.c) Aceptar los términos y condiciones del convenio para inscripción en el rol de prestadores de la MLE.
d) Una vez aceptados los términos del convenio, podrá descargar:
• El formulario Resumen de su solicitud
• Convenio
e) Enviar Solicitud: Una vez enviado, se le otorgará un folio (N° de Solicitud), el cual quedará permanentemente en su historial de solicitudes con el estado en la cual se encuentra y que podrá revisar cada vez que ingrese al sistema. A su vez, será notificado la recepción de la solicitud a través del correo electrónico que registró.
Cuando se produzca cambio en las siguientes situaciones:
• Cartera de Servicios (agrega/elimina prestaciones)
• Antecedentes Personales y de Contacto
• Antecedentes Académicos
• Lugares de Atención (agrega/elimina)
• Nivel de Atención
• Categoría Tributaria
• Antecedentes Bancarios
Nota: deberá adjuntar la documentación solicitada para lugares de atención y algunas prestaciones en las que se requierea) Seleccionar la opción “Solicitud de Actualización”
b) Completar los datos que desea actualizar.
c) Enviar Solicitud: Una vez enviado, se le otorgará un folio (N° de Solicitud), el cual quedará permanentemente en su historial de solicitudes con el estado en la cual se encuentra y que podrá revisar cada vez que ingrese al sistema. A su vez, será notificado la recepción de la solicitud a través del correo electrónico que registró.
Podrá solicitar la renuncia al convenio suscrito en el Rol de la Modalidad Libre Elección, siempre que no cuente con procesos administrativos pendientes producto de alguna fiscalización:
a) Seleccionar la opción “Solicitud de Renuncia”
b) Completar los datos solicitados en el formulario de renuncia.
c) Enviar Solicitud: Una vez enviado, se le otorgará un folio (N° de Solicitud), el cual quedará permanentemente en su historial de solicitudes con el estado en la cual se encuentra y que podrá revisar cada vez que ingrese al sistema. A su vez, será notificado la recepción de la solicitud a través del correo electrónico que registró.
Nota: Una vez tramitada la solicitud y aceptada, los profesionales tienen hasta 30 días, a partir de la fecha de la resolución que aprueba la renuncia, para presentar los bonos de atención de salud pendientes de cobranza.
Resultado evaluación de solicitud (inscripción, actualización, renuncia)
Una vez que Fonasa concluya el proceso de visación, se le emitirá el resultado de dicha evaluación que puede ser:
• Aprobar (Autorizar) la solicitud
• Rechazar la solicitud (incumplimiento normativo)
• Devolver la solicitud (por falta de antecedentes o datos)
Plazo de Respuesta
El plazo máximo de respuesta para los procesos de Inscripción, Actualización y Renuncia, desde la fecha de ingreso de la solicitud hasta la notificación de la respuesta al prestador, es de 20 días hábiles.
Notificación de Respuesta
Se notificará el resultado de su solicitud, a través del correo electrónico registrado en la solicitud generada a través de la Web de Fonasa.
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¿Quiénes?
Leer más Ocultar InformaciónLas entidades asistenciales de salud que correspondan a cualquier tipo de constitución societaria como:• Sociedad Anónima.
• Sociedad en Comandita, simple o por acciones
• Sociedad de Responsabilidad Limitada.
• Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
• Mutuales de Seguridad.
• Corporaciones, Fundaciones.
• Sociedades de Hecho
• Sociedades SpAa) Acreditar constitución legal de alguno de los tipos de sociedades cuyo giro principal sea el otorgamiento de prestaciones de salud orientadas a una o varias áreas de la medicina o como apoyo a éstas y que se describen en la presente resolución.
b) Contar con Rol Único Tributario vigente.
c) Contar con inicio de actividades ante el SII
d) Contar con patente comercial vigente de la dirección donde se otorgarán las prestaciones.
e) Llenar y firmar por él o los representantes legales, los formularios para inscripción de entidades asistenciales de salud definidos por Fonasa y disponibles para tal efecto, en la Red de Sucursales y página web de Fonasa.
f) Contar con la capacidad resolutiva que señale la respectiva autorización de funcionamiento, otorgada por la SEREMI de Salud de la jurisdicción correspondiente.
g) Disponer de autorizaciones sanitarias de instalación y funcionamiento, cuando corresponda, las cuales debe adjuntar a la solicitud.
h) Todos los profesionales señalados en la Planta de Profesionales con que cuenta en cada sucursal, deberán pertenecer al Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud que lleva la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud (SIS) y contar con la aprobación del EUNACOM, en el caso de los médicos, titulados con posterioridad al 18 de abril 2009 (Ley N° 20.261), sin especialidad acreditada en SIS.
i) La entidad asistencial de salud quedará en condiciones de ejecutar y cobrar las prestaciones del Arancel, de acuerdo a las competencias técnicas señaladas por la autoridad sanitaria y/o académicas de los profesionales que la conformen.
j) Los Laboratorios Clínicos que posean convenio con terceros para la realización de exámenes o Toma de Muestras, deberán adjuntar copia del respectivo convenio.
k) Las entidades que cuenten con Sala Externa de Toma de Muestra deberán adjuntar copia notarial del Laboratorio Clínico en convenio y su correspondiente autorización sanitaria vigente.
l) Las entidades que inscriban códigos de teleconsulta y telerehabilitación debe adjuntar convenio notarial con plataforma en convenio o propia, debidamente certificada por Fonasa o un tercero autorizado por Fonasa, para otorgar estas prestaciones.
m) Las entidades que inscriban prestaciones de Imagenología para ser informadas vía Teleradiología, deberán informar al profesional responsable de dichos informes, quién deberá estar debidamente certificado por la Superintendencia de Salud como especialista en Imagenología.
n) Dichas entidades, deberán contar con profesional Tecnólogo Médico con Mención en Imagenología y Física Médica, debidamente certificado por la Superintendencia de Salud, para la toma de exámenes.
o) Las prestaciones que podrán realizarse por esta vía corresponden sólo a Radiología general, Tomografía Computarizada y Resonancia Magnética, pertenecientes al Grupo 04 Subgrupos 01, 03 y 05 del Arancel de Prestaciones.
Deberá adjuntar la documentación administrativa, legal y técnico sanitaria pertinente, acorde a las indicaciones del siguiente archivo:Listado de documentación legal y técnica para inscripciónUna vez que cuentes con toda la documentación requerida, debes ingresar escaneado cada formulario y documento en formato PDF, en este enlace -
Actualización de Convenio para Entidades
Leer más Ocultar Información- Durante la vigencia del convenio suscrito con Fonasa debes mantener actualizados tus antecedentes.
- Ante cualquier cambio que realices debes realizar una actualización a tu convenio, informando por escrito y en un plazo no superior a 30 días las modificaciones efectuadas (domicilio o dirección legal, dirección de atención, teléfonos, representantes legales, etc.) y las nóminas de planta de profesionales y prestaciones a actualizar, presentando los formularios destinados para tal efecto y la documentación técnica, administrativa y sanitaria, si corresponde.
- El nivel de atención sólo puede ser cambiado cada 6 meses.
- Una entidad que desee poner término al convenio, deberá presentar el formulario de renuncia respectiva dispuesto por Fonasa en su sitio web, debidamente firmado por el o los representantes legales.
Motivos de actualizaciónDebes actualizar tu convenio cuando se produzca cambio en las siguientes situaciones:Tipo ActualizaciónDetalleDatos de ContactoCambio o modificación de Dirección, teléfono, etc.Cartera de ServiciosPlanta Profesional (agrega/elimina)Prestaciones (agrega/elimina)Lugares de atención o sucursalesElimina o agrega un nuevo lugar de atención (sucursal)Antecedentes LegalesModificación de Categoría TributariaModificaciones de Sociedad o Razón SocialCambio de Representante legalModificación SociosConveniosCambio Nivel o grupo de AtenciónCambio Diferencias por Días CamaCambio Diferencias por Derecho de PabellónCambio de Director Técnicoa) Formulario establecido para las actualizaciones o modificaciones, en el que deberá completar los datos requeridos en el punto correspondiente a la modificación que solicite.
b) Formularios para actualización según su tipo, se encuentran disponibles para descargar al final de esta sección.
c) La documentación pertinente en caso de ser necesaria, según tipo de actualización.En el siguiente archivo encontrará la documentación pertinente que debe presentar según tipo de actualización a realizar:Listado de documentación legal y técnica para actualizaciónFormularios descargables:Formulario N° 3: Ampliación o RebajaFormulario N° 4: Modificación Administrativa y/o JurídicaFormulario N° 2: Tarifas días cama - PabellónFormulario N° 5: Renuncia -
Procedimiento
Leer más Ocultar InformaciónUna vez que Fonasa concluya el proceso de visación, se le emitirá el resultado de dicha evaluación que puede ser:- Aprobar (Autorizar) la solicitud
- Rechazar la solicitud (incumplimiento normativo)
- Devolver la solicitud (por falta de antecedentes o datos)
Plazos de respuesta
El plazo máximo de respuesta, desde la fecha de ingreso de la solicitud hasta la notificación de la respuesta al prestador, será dentro de 20 días hábiles.
Notificación de respuesta
Se notifica al prestador el resultado de su solicitud, a través del correo electrónico registrado en la solicitud realizada en la plataforma web.