Código: 2503007
Definición:
PAD dental de carácter integral y preventivo en personas con Diagnóstico de Cáncer. Este tratamiento odontológico integral debe realizarse previo al inicio de su terapia oncológica, ya que permite devolver la salud de los tejidos blandos y duros de la cavidad bucal de los pacientes, condiciones que pueden verse agravadas durante el tratamiento oncológico.
Además permite diagnosticar precozmente situaciones clínicas, que de no ser advertidas y tratadas oportunamente, impiden completar los tratamientos oncológicos con la consecuente disminución de la sobrevida global de los pacientes.
Generalidades:
Esta Prestación no tiene límite de edad.
Corresponde a una prestación a realizar previo a tratamiento Oncológico indicado al Paciente.
Requiere Orden Médica.
Es excluyente con las siguientes prestaciones: 2503001, 2503002, 2503003.
No incluye el control para evaluación finalizado su tratamiento Oncológico, ni tampoco los fármacos que le indiquen al beneficiario.
La prestación en niños puede ser realizada por Odontólogo general u Odontopediatra. En cambio en adolescentes y adultos, por Odontólogo General o Periodoncista las prestaciones del área de Operatoria y para aquellas prestaciones de especialidad, tales como Periodontograma y Destartraje supra-subgingival y pulido radicular (por sextante) solo por Periodoncista.
Características Específicas PAD:
El PAD de Atención Odontológica del Paciente Oncológico incorpora diagnóstico, procedimientos preventivos, curativos e indicaciones correspondientes odontológicas generales y de especialidad de Periodoncia, entre ellas:
A) Prestaciones diagnósticas: Examen de salud oral, radiografías intraorales, periodontograma según evaluación clínica y finalmente diagnóstico integral.
B) Prestaciones preventivas: Educación y Promoción en Salud Bucal, Higiene Bucal, Educación sobre cuidados según condición de salud y aplicación de barniz de flúor, según las necesidades del paciente.
C) Prestaciones Curativas: Rehabilitación mediante restauraciones directas de vidrio ionómero (niños) o composites (niños y adultos), destartraje supra-subgingival y pulido radicular (por sextante) según evaluación clínica y exodoncias de dientes temporales y/o permanentes.
D) Incluye además todos los insumos que se requieran, y las sesiones necesarias para la integralidad de la atención, así como también aquellas complicaciones derivadas del tratamiento específico realizado.
Y como característica general de los PAD Dentales:
Para la emisión de órdenes de atención MLE, el Cirujano Dentista General, Periodoncista u Odontopediatra, prescribirá el tratamiento en una orden, con su nombre, firma y timbre, en la que anotará como mínimo: nombre del paciente, diagnóstico, tipo de tratamiento a realizar, piezas dentarias comprometidas, código de arancel que solicita.
Una copia de esta orden debe quedar para el paciente.
Emitidas las órdenes de atención por Fonasa, el beneficiario las entregará al profesional.
Valor:
CÓDIGO
|
PRESTACIÓN
|
TOTAL $
|
COPAGO $
|
PRÉSTAMO %
|
PRÉSTAMO $
|
2503007
|
Atención Odontológica Integral del Paciente Oncológico
|
322.470
|
161.230
|
60%
|
96.740
|
Requisitos previos:
Para acceder a esta prestación PAD, es necesario que la entidad elegida por usted cuente con la prestación en convenio.
El beneficiario debe contar con la respectiva orden médica, que señale su diagnóstico.
Recordar que este es un tratamiento preventivo, por lo cual el beneficiario debe acceder a este PAD, antes de iniciar sus tratamientos oncológicos, tales como quimioterapia o radioterapia.